¿Quieres que te hagamos la Declaración de la Renta pero no sabes qué documentos debes entregarnos?
Como sabemos que a veces es complicado saber qué documentos son necesarios para poder hacer la Declaración de la Renta, y el olvido de algún dato puede suponer que tu Declaración no sea tan satisfactoria para ti, intentaremos aclarar los documentos que nos debes remitir para poder confeccionarte la Renta, incluyendo todos aquellos que te pueden ayudar a que tu declaración sea más favorecedora.
Además, te recordamos que aunque esos documentos no hay que incluirlos en la Declaración de la Renta, sí se deben conservar durante 4 años y 6 meses por si Hacienda los solicita en algún momento durante ese plazo.
En cualquier caso, la documentación que debes entregarnos para hacer la Declaración de la Renta o IRPF es la siguiente:
Autorización rellenada y firmada por todos los miembros de la unidad familiar, que puedes encontrar en este enlace.
Copia del DNI y números de DNI de los miembros de la unidad familiar (cónyuge e hijos a partir de 14 años).
Número de cuenta del Banco o Caja de Ahorros (20 dígitos) en la que domiciliar la devolución o el ingreso.
Declaración de la Renta del año pasado.
Borrador de Hacienda o indicación de la casilla 415 del borrador.
Certificado de retenciones sobre salarios (lo facilita la empresa, y en caso negativo comete una infracción fiscal) o certificado de prestaciones y retenciones si has percibido pensiones o desempleo (lo facilita la Seguridad Social o el Servicio de Empleo Estatal).
Cuotas sindicales, de colegios profesionales, fundaciones, partidos políticos y gastos de defensa jurídica.
Certificados bancarios acreditativos de los intereses abonados por el Banco durante el año pasado, indica los intereses abonados en metálico o en especie y la retención realizada.
Certificados bancarios de acciones, obligaciones, participaciones sociales y bonos.
Resguardo de ingreso en cuenta vivienda.
Recibo del IBI de inmuebles de tu propiedad o en el que vivas de alquiler u otras circunstancias.
Certificado bancario del préstamo para la adquisición de vivienda (habitual o alquiler). Ya no es dedudicle la adquisición de vivienda adquirida a partir del 01 de enero de 2013.
Recibos cobrados por alquiler y gastos: casas, locales, garajes.
Certificado de retenciones sobre alquileres de locales. Lo emite el inquilino empresario del local.
Comunicación de arrendatario joven. Lo emite el inquilino de entre 18 y 35 años.
Escritura de venta o donación de inmuebles, en caso de venta de tu vivienda, necesitamos una copia simple o fotocopia y el justificante de los gastos soportados: plusvalía y comisión de agente inmobiliario si los hubiere.
Certificado de seguros de vida, jubilación y enfermedad. Lo envía la compañía de seguros. Conservar los contratos de seguro y la documentación relativa a las prestaciones que ha cobrado de la aseguradora.
Certificado de invalidez y de acreditación de la necesidad de obras de adecuación en la vivienda de minusválidos. Lo facilita el IMSERSO o el organismo autonómico competente.
Aportaciones a planes de pensiones.
Impresos de las declaraciones fiscales obligatorias para empresarios y profesionales, se trata de los impuestos referentes al IVA, retenciones a trabajadores y profesionales, declaración anual de operaciones y pagos fraccionados, declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios.
Certificado de retención de profesionales. Lo emiten los clientes que son, a su vez, empresario o profesionales.
Recibo de donaciones a entidades benéficas que den derecho a deducción.
No es una lista pequeña, pero sólo se trata de reunir todos los documentos necesarios según la situación o actividad que ejerzas.
Cualquier duda, siempre puedes contactar con nosotros!
En Regalón Abogados Asesores podemos ayudarte. Consúltanos sin compromiso en el teléfono 932 742 637 o mándanos un e-mail a info@regalonabogados.com
Comentarios